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Bancas de lotería se rehusan a pagar impuestos

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La Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca) intimó ayer por acto de alguacil al administrador de la Lotería Nacional, a Impuestos Internos y al Ministerio de Hacienda, para que se abstengan de cobrar impuestos a todos los dueños de bancas que se han inscrito en el programa de regulación hasta que culmine el proceso iniciado en octubre pasado.

El presidente de Fenabanca, Juan Antonio del Jesús del Jesús, actuando a través del abogado Franklin Cubeiro Rijo, solicita al administrador de la Lotería, Teófilo Quico Tabar, que “proceda a paralizar cualquier acción de índole impositiva, toda vez que no ha sido concluido dicho proceso de validación de las bancas inscritas”.

En febrero pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la la resolución 061-2022  que crea y establece los lineamientos y requisitos para la regularización de bancas de loterías.

La norma se alinea con el Decreto 63-22, del 9 de febrero de 2022, que declaró de interés nacional la regularización de las bancas de lotería que operan en el país.

La resolución del Ministerio de Hacienda establece la designación de Teófilo José Tabar Manzur como director provisional, a título honorífico, de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda con el encargo de implementar el plan de regularización de las bancas de loterías.

Según el artículo segundo de la resolución, los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse -mediante documento escrito y formal- a presentar en esos 120 días una lista de todas las bancas de lotería de su propiedad independientemente de su estatus legal.

Asimismo, la resolución ordena a cada persona física o jurídica “que preste servicios de desarrollo, diseño, mantenimiento, actualización, operación o comercialización de sorteos de terminales de quiniela o cualquier otro juego de azar, a completar un registro para su acreditación ante el Ministerio de Hacienda”.

Agrega que deberán remitir el nombre o razón social, número de cédula o Registro Nacional de Contribuyente (RNC), lista de clientes del sector de loterías, inventario de todos los puntos de ventas y descripción o referencias del software que opera el o los puntos de ventas y cualquier otra información a requerimiento del Ministerio de Hacienda.

En su artículo tercero, la disposición obliga a los establecimientos a interconectarse con el sistema de control, supervisión, monitoreo y autenticación de las operaciones de bancas de loterías del Ministerio de Hacienda.

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