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Condenan a un año de prisión agresores de defensor del pueblo

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SANTO DOMINGO.- La jueza de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional condenó a un año de prisión a un policía y a un civil acusados de agredir física y verbalmente al Defensor del Pueblo y varios periodistas, durante un incidente registrado hace un año en el Centro de Retención Vehicular, conocido como “Canódromo El Coco”.

La magistrada Evelyn Rodríguez tomó la decisión luego de acoger en todas sus partes las pruebas materiales, audiovisuales y periciales aportadas por la fiscal litigante Cinthia Bonetti, quien demostró que los acusados Starling Antonio Ramírez Sierra (civil) y el sargento de la Policía Nathanael Javier Javier, agredieron al defensor del pueblo, Pablo Ulloa, su asistente Harold Modesto y el camarógrafo Richard Peña.

El tribunal además establece en su sentencia que los acusados deberán pagar una multa de $5,000.00 (Cinco mil pesos) en beneficio del Estado dominicano.

El incidente ocurrió el 11 de abril de 2022 cuando Pablo Ulloa y varios de sus ayudantes en compañía de representantes de diversos medios de comunicación, se disponían a realizar una inspección en el Canódromo que controla la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), tras diversas denuncias de irregularidades en torno a la incautación de vehículos.

La acusación sostiene que los dos imputados agredieron a las víctimas de manera física y verbal, cuando una comisión encabezada por el Defensor del Pueblo, acudió al lugar y se dirigía al despacho de la coronela Isabelita de los Santos, quien fungía como la encargada del Canódromo.

Durante el juicio, que se desarrolló en tres audiencias en fechas separadas, fueron escuchados seis testigos, entre ellos las víctimas, quienes señalaron a Starling Ramírez Sierra y al sargento Nathanael Javier Javier, adscrito a la Digesett, como las personas que los agredieron y arrebataron cámaras y celulares a dos representantes de la prensa.

La fiscal Cinthia Bonetti sostuvo en el tribunal que, con sus actuaciones, ambos imputados violentaron las disposiciones del artículo 309 del Código Penal Dominicano, por lo que solicitó a la jueza Rodríguez la condena de un año de prisión, a ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Hombres, en San Cristóbal, y el pago de una multa de cinco mil pesos en beneficio del Estado dominicano.

El artículo 309 establece que “El que voluntariamente infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o vías de hecho, si de ellos resultare al agraviado(a) una enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo durante más de veinte días, será castigado(a) con la pena de prisión de seis meses o dos años, y multa de quinientos a cinco mil pesos”.

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