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domingo, abril 28, 2024
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Ministro y viceministros de Educación Superior hacen declaraciones de bienes

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SANTO DOMINGO. -El ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, doctor Franklin García Fermín, y los viceministros del MESCYT, José Cancel, Evarista Matías, acudieron este martes a la Cámara de Cuentas donde presentaron su declaración jurada de bienes, en cumplimiento con lo establecido por la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.

Observaron que se acogen a lo establecido por la ordenanza, que obliga a los funcionarios públicos a declarar su patrimonio en un plazo de 30 días, a partir de asumir el cargo.

El doctor García Fermín manifestó que además del cumplimiento de un mandato legal, existe una orden del presidente Luis Abinader, de que es obligatorio que todos los funcionarios lo hagan como lo estipula la norma.

De acuerdo artículo 5 de la Ley sobre Declaración Jurada de Patrimio, los funcionarios públicos obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los 30 días siguiente a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal.

.-El ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, doctor Franklin García Fermín, y los viceministros del MESCYT, José Cancel, Evarista Matías, acudieron este martes a la Cámara de Cuentas donde presentaron su declaración jurada de bienes, en cumplimiento con lo establecido por la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.

Observaron que se acogen a lo establecido por la ordenanza, que obliga a los funcionarios públicos a declarar su patrimonio en un plazo de 30 días, a partir de asumir el cargo.

El doctor García Fermín manifestó que además del cumplimiento de un mandato legal, existe una orden del presidente Luis Abinader, de que es obligatorio que todos los funcionarios lo hagan como lo estipula la norma.

De acuerdo artículo 5 de la Ley sobre Declaración Jurada de Patrimio, los funcionarios públicos obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los 30 días siguiente a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal.

 

 

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