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Poder Ejecutivo autoriza construcción de aeropuerto internacional en Bávaro, provincia La Altagracia

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SANTO DOMINGO. -El Poder Ejecutivo autorizó la construcción del aeropuerto internacional de Bávaro, como puerto del tráfico aéreo internacional.

Será construido en el paraje Tres Piezas, del sector El Salado, del municipio Savaleón de Higüey, provincia La Altagracia.

Fue autorizado mediante el decreto 270-20 emitido el pasado 21 de julio y se sustenta en la resolución 6796 del 23 de enero del 2020 de la Comisión Aeroportuaria que otorgó “su conformidad y no objeción al desarrollo, construcción, operación, y explotación económica del proyecto Aeropuerto Internacional de Bávaro”.

En el decreto que El Nacional posee copia, la inversión total estará bajo la responsabilidad y costo exclusivo del Grupo Abrisa y de la empresa Aeropuerto Internacional de Bávaro AIB S.A.S, al amparo de los mismos términos y condiciones contractuales que los demás aeropuertos de propiedad privada que operan en el país.

En el decreto se precisa que se llevaran a cabo trámites y formalidades de Aduanas, Migración, Salud Pública, reglamentación veterinaria, fitosanitarias y zoosanitarias, seguridad aeroportuaria y otros requerimientos gubernamentales, según lo establece la letra (i) del artículo 1 de la Ley 491-06 de Aviación Civil del 28 de diciembre del 2006.

La construcción del nuevo aeropuerto estará sujeto al cumplimiento de todas las normas legales, reglamentaciones y normas administrativas que l-e fueren aplicable, incluyendo las contenidas en la Ley, número 8 que crea la Comisión Aeroportuaria del 17 de noviembres de 1978.

Los promotores del- proyecto deberán cumplir además con la Ley 491-06 de Aviación Civil, la Ley 188-11 de Seguridad Aeroportuaria y Aviación Civil, la Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales,

Para poder llevar a cabo la obra también deberán obtener certificaciones, permisos y autorizaciones requeridas por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), el Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), Ministerio de Medio Ambiente y Recursos naturales, del Ministerio de Obras Públicas, las autoridades municipales competente y cualesquiera otras que sean necesarias.

En el artículo 5 del decreto se instruye al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones en su condición de presidente exoficio de la Comisión Aeroportuaria a suscribir a nombre y representación del Estado el contrato que resulte como consecuencia del decreto que autoriza la construcción del aeropuerto para el desarrollo, construcción, operación, administración y explotación económica del Aeropuerto Internacional de Bávaro.

El contrato deberá ser en las mismas condiciones y términos que los establecidos en los contratos formalizados con las empresas operadoras de los aeropuertos internacionales de propiedad privada de La Romana, Santiago y Punta Cana.

En el mismo se instruye a todas las entidades estatales que ejercen funciones públicas en los aeropuertos internacionales del país a coordinar con la empresa con la empresa Aeropuerto Internacional de Bávaro AIB S.A.S., las habilitaciones de todos los servicios públicos que fueren necesarios en la nueva estructura aeroportuaria.

 

 

 

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