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Abogado pide al Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el estado de emergencia

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SANTO DOMINGO.-El abogado Namphi Rodríguez pidió al Tribunal Constitucional que se pronuncie sobre las acciones directas de inconstitucionalidad de que ha sido apoderado contra el Estado de Emergencia para evitar una crisis política y electoral.

Rodríguez informó que depositará este martes una medida cautelar para que los magistrados conozcan en “extrema urgencia” la inconstitucionalidad de la vigencia del estado de excepción durante el proceso electoral.

“No hay elecciones democráticas, ni campaña electoral realmente libre con un Estado de Emergencia vigente que limite derechos fundamentales”, dijo el jurista.

Precisó que su petición de medidas cautelares es en adición a la acción directa de inconstitucionalidad que sometió hace un mes ante el TC para que se declare inconstitucional la Ley 21-18, que regula los Estados de Excepción, por contravenir la Constitución con el trámite congresional de aprobar el Estado de Emergencia por una simple resolución de las cámaras legislativas.

Añadió que esa mayoría simple le ha permitido al presidente Danilo Medina imponer sin consenso político las prórrogas del Estado de Emergencia y advirtió que repetir esa práctica en una segunda vuelta electoral crearía una crisis institucional.

“Si esa brecha no hubiese estado abierta y la sanción del trámite congresional para declarar un estado de excepción necesitara de una ley orgánica aprobada con la dos terceras partes de los legisladores, como mandan los artículos 74.2 y 122 constitucionales, los quebraderos de cabeza que vivimos en el momento actual no fueran parte de nuestra realidad”, indicó.

Agregó que el expediente principal fue admitido por el Constitucional con el número TC-01-2020-0016 y, en esencia, lo que perseguimos junto al doctorando en Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos I, de España, Johnny Marte Valoy, es que el tribunal haga un juicio de ponderación sobre la compatibilidad de los artículos 21 y 28 de la norma, a la luz de los artículos 74.2 y 112 de la Constitución.

Rodríguez subrayó que tras su acción, el Partido Revolucionario Moderno (PRM) radicó otra acción directa de inconstitucionalidad para dirimir la procedencia de la quinta prórroga del Estado de Emergencia declarada por el presidente Medina.

Igualmente, recordó que en su última sentencia del caso de Vinicio Castillo, el Tribunal Superior Electoral (TSE) dijo que el encargado de controlar la constitucionalidad de los actos del Estado de Emergencia es el Tribunal Constitucional.

 

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