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El PRM informa respaldo a Alfredo Pacheco en la Cámara de Diputados

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Julito Fulcar, favoreció que tal y como lo planteara ayer en un comunicado el presidente de este órgano legislativo, Pacheco, lo más “prudente” es esperar algunos meses, por la naturaleza de la pieza en cuestión que tiene más de veinte años pululando en el Congreso Nacional
Julito Fulcar, favoreció que tal y como lo planteara ayer en un comunicado el presidente de este órgano legislativo, Pacheco, lo más “prudente” es esperar algunos meses, por la naturaleza de la pieza en cuestión que tiene más de veinte años pululando en el Congreso Nacional
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SANTO DOMINGO. -El vocero del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la Cámara de Diputados, anunció su respaldo esta mañana de forma unánime la propuesta del presidente del organismo, Alfredo Pacheco, para que sea en la próxima legislatura cuando se conozca y sea aprobado definitivamente el proyecto de Código Penal en la República Dominicana.

Julito Fulcar, favoreció que tal y como lo planteara ayer en un comunicado el presidente de este órgano legislativo, Pacheco, lo más “prudente” es esperar algunos meses, por la naturaleza de la pieza en cuestión que tiene más de veinte años pululando en el Congreso Nacional.

“El objetivo de esto es que, de cara a la próxima legislatura, una vez consensuado y respetando las diferencias de cada parte podamos estudiar ampliamente la pieza con el debido cuidado que lo amerita, respetando los procedimientos y la constitución para aprobar de una vez y por todo el nuevo código penal” puntualizó el líder de la mayoría en la cámara baja.

 Reiteró además el interés de su partido y del bloque del bloque de diputados de dotar a la sociedad dominicana de una nueva norma que permita combatir de manera efectiva el crimen y el delito con herramientas actualizadas.

Julito Fulcar dijo es compromiso del PRM y su bloque de diputados dotar a la República Dominicana de mejores herramientas para el combate de la criminalidad.

 Esas variables enunciadas por el mandatario se refieren a que la madre pueda abortar cuando el embarazado sea producto de violación, rapto, estupro o incesto, siempre que su interrupción se realice dentro de las primeras 12 semanas de gestación, siempre y cuando el hecho haya sido denunciado o se compruebe que la víctima fue imposibilitada de hacerlo.

También, cuando una malformación congénita del feto, previa certificación médica, demuestre que la vida del concebido se considere inviable; además, cuando se agoten todos los medios «científicos y técnicos» disponibles para salvar ambas vidas, «hasta donde sea posible».

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